domingo, 3 de agosto de 2014

La Corte Interamericana de Derechos Humanos


…la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ordenó a Chile dejar sin efecto las condenas por terrorismo contra siete indígenas mapuches y una activista. 

Según señaló el fallo publicado este martes por la Corte, “el Estado debe adoptar todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole para dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas".  29/07/2014
                                                                                                                                    Fuente: La tercera.com

La Corte Interamericana de Derechos Humanos es un órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo propósito es aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos a los cuales se somete el llamado sistema interamericano de protección de derechos humanos.

A partir de la intervención de la Corte Interamericana deberíamos asumir que una de las consecuencias del conflicto Mapuche sería la violación de los Derechos Humanos. ¿A quién o a quienes se le estarían violando sus derechos fundamentales y qué derechos?

2 comentarios:

  1. Los mapuches fueron procesados bajo la polémica "Ley Antiterrorista" por hechos ocurridos en los años 2001 y 2002 en las regiones de Biobío y la Araucanía. Las condenas contra los indígenas fueron por delitos como "amenaza de incendio terrorista", "incendio terrorista" y "conducta terrorista", y los castigos dictados oscilaron entre los 5 y los 10 años de prisión.
    Se les estarían violando sus derechos fundamentales a los mapuches, porque la corte interamericana de DD.HH. condeno a Chile por violar el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia, el principio de igualdad y no discriminación y el derecho a la igual protección de la ley de las víctimas.
    Chile está en la obligación de rendir a la Corte un informe en el plazo de un año acerca de las medidas adoptadas para cumplir con la sentencia.
    De Felipe Larraín López, 4ºMedio A

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  2. A siete indígenas mapuches y una activista, puesto que son libres de expresarse, además no pueden ser arbitrariamente detenido, preso ni arrestado, además tienen libertad de pensamiento, consciencia y creencia, las cuales están siendo corrompidos (refiriéndome a esos derechos),además por la violación también del derecho a la presunción de inocencia, el derecho de igualdad y no discriminación

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